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LA TUTELA JURISDICCIONAL DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA JUSTICIA DE REGLAS A LA JUSTICIA DE PRINCIPIOS

LA TUTELA JURISDICCIONAL DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA JUSTICIA DE REGLAS A LA JUSTICIA DE PRINCIPIOS

BARRIOS GONZÁLEZ, BORIS

ÍNDICE

  • La transición del Estado liberal de Derecho al Estado constitucional, social y democrático de Derecho frente al constitucionalismo de los derechos y la tutela jurisdiccional
  • Cuestión preliminar
  • Separación entre liberalismo y democracia y el fenómeno de la universalización de los derechos
  • Aparece el Estado de bienestar
  • El constitucionalismo de los derechos
  • El constitucionalismo de los derechos y su contribución a la conformación del Estado constitucional, social y democrático de Derecho
  • El futuro del constitucionalismo de los derechos está unido a la evolución del Estado constitucional, social y democrático de Derecho
  • Teoría constitucional del Estado social contemporáneo
  • Antecedentes doctrinales
  • Origen legislativo
  • El estado social y su diferencia con el “Welfare State” (o Estado de bienestar)
  • La constitucionalización del Estado garantista y tutelador de los derechos fundamentales
  • Características del Estado garantista y tutelador de los derechos fundamentales
  • Individualización y fundamentación de los derechos fundamentales para la tutela jurisdiccional efectiva
  • Evolución doctrinal
  • Definición de derecho fundamental
  • Desde una concepción universal
  • Debe atender a la noción de derechos
  • fundamentales de la persona y del ciudadano
  • La revolución de los derechos
  • Clasificación y tipología de los derechos fundamentales
  • Clasificación de los derechos fundamentales
  • Tipología
  • Tipología axiológica
  • La tipología política de Habermas
  • Fundamentación ideológica de los derechos fundamentales
  • Separación entre los derechos patrimoniales y los derechos fundamentales
  • Los derechos fundamentales son la base de la libertad y la igualdad jurídica que a su vez sustenta la dimensión sustancial de la democracia
  • Reconoce la supranacionalidad de los derechos fundamentales
  • Relación de los derechos fundamentales y sus garantías
  • Los criterios axiológicos de fundamentación de los derechos fundamentales
  • El primer criterio axiológico: la igualdad jurídica
  • El segundo criterio axiológico: nexo entre derecho fundamental y democracia
  • El tercer criterio axiológico: el nexo de los derechos fundamentales y la paz
  • El cuarto criterio axiológico: los derechos fundamentales como la ley del más débil
  • El Estado garantista
  • Del Estado constitucional al garantismo
  • La teoría general del garantismo
  • La democracia según el paradigma garantista contemporáneo
  • La relación de democracia y derechos fundamentales
  • La operatividad normativa de principios y reglas en la tutela jurisdiccional de los derechos fundamentales
  • El nuevo modelo de tutela jurisdiccional de los derechos
  • La constitucionalización del proceso: o el control Constitucional y convencional de la justicia
  • La fundamentación teórica discursiva de los derechos está determinada por el modelo de Estado democrático
  • El control de la legalidad
  • El control de constitucionalidad
  • El control de convencionalidad
  • El imperativo de tutela de los derechos
  • Las constituciones nacionales y las normas de la Convención Americana de los Derechos Humanos (cadh)
  • La eficacia de los derechos y libertades en la tutela jurisdiccional
  • Jurisprudencia de la Corte IDH sobre el deber del Estado de respetar los derechos y libertades contenidas en la cadh
  • Jurisprudencia de la Corte IDH sobre el deber del Estado de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos y libertades contenidas en la cadh
  • La función de las garantías, los principios, las reglas y valores en la tutela jurisdiccional de los derechos
  • La idea de garantía del Estado moderno al Estado contemporáneo
  • De principios y reglas
  • La función de principios y reglas en la tutela jurisdiccional
  • Diferencias prácticas entre principios y reglas
  • La primera diferencia práctica que debemos exponer es que, por lo general, los principios son materia constitucional y las reglas son materia legal; y en tal sentido son los principios los que sirven de sustentación a las reglas y no al revés
  • Una segunda diferencia práctica de los principios y las reglas es que los principios se interpretan y las reglas se aplican: son los principios los que explican el fundamento constitutivo del enunciado normativo y sirven, por tanto, de sustentación de las reglas; mientras que las reglas sólo se sustentan en sí mismas porque derivan de la teoría ontológica, esto es, de la teoría de los deberes, y no alcanzan a la teoría de los valores, por lo que no requieren interpretación y, entonces, se agotan en sí mismas
  • Una tercera diferencia práctica es que los principios le dan al proceso su racionalidad y las reglas el procedimiento
  • Las codificaciones procesales contemporáneas y la prevalencia de los principios
  • El cambio de paradigma interpretativo